En el BOE del 23 de diciembre 2015 se regula según Real Decreto 954/2015 la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos Sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros.
Este Real Decreto confiere a los enfermeros la facultad para de forma autónoma indicar, usar y autorizar la dispensación de todos aquellos medicamentos no sujetos a prescripción médica, y los productos Sanitarios de uso humano relacionados con su ejercicio profesional. Para lo cual el enfermero tendrá que solicitar individualmente una acreditación
La solicitud de acreditación se dirigirá a la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y deberá acompañarse de los documentos que lo acredite según los requisitos siguientes:
En el ámbito de los cuidados generales
1- Fotocopia compulsada del título de Grado, DUE, ATS
2- Certificación de la formación acreditativa de obtención de las competencias en materia de indicación, uso y autorización de medicamentos para el ámbito de cuidados generales ( 180 horas de formación o su equivalente en créditos)
En el ámbito de cuidados especializados
1- Fotocopia compulsada del título de Especialista, o certificación acreditativa de la autoridad educativa correspondiente sobre la finalización de la formación de la especialidad y programa oficial cursado
2- Certificación de la formación acreditativa de obtención de las competencias en materia de indicación, uso y autorización de medicamentos para el
ámbito de cuidados especializados ( 180 horas de formación o su equivalente
en créditos)
Toda la información necesaria en el siguiente enlace
https://app.box.com/s/vyblfhnx77r60yh5myet54n73bszolhj
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